¿La inteligencia artificial puede tener derechos de autor? Descubre cómo se regula la IA en México, quién es el verdadero autor y qué riesgos legales existen hoy en el uso de contenido generado por inteligencia artificial.
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¿Los derechos de autor son 100% de los humanos?


Por: Mohammed Angulo | 31 de enero 2026 | Categoría: Derecho Digital / Derechos de Autor.


La SCJN ha reinterpretado el distintivo de ?autor? con particularidades interesantes. La

nueva forma de hacer música o escribir poesía está siendo potenciada por algoritmos lo

bastante sofisticados para parecerse a cualquier poeta del renacimiento.

Hoy en día la inteligencia artificial ha inundado cada rincón del planeta proponiendo

soluciones y combinaciones que desafían la condición humana. La incorporación de las IA

en la industria musical, por ejemplo, es tan fácil como seleccionar un género, un ritmo y

los instrumentos puedes tener música nueva en segundos.


Plataformas como SUNO o IAMUSIC, proponen a los músicos una nueva forma de

componer e incluso de lanzar sus sencillos en plataformas digitales. ¿Pero, hasta aquí

puros pros, y los contras? La realidad es que las leyes mexicanas son claras y la SCJN

interpretó lo siguiente:


físicas, derivado de su creatividad, intelecto, sentimientos y experiencias.


cumplen con los requisitos de originalidad exigidos por la LFDA.


artificial no son registrables bajo el régimen de derechos de autor.

Se mantiene la protección del derecho de autor como un derecho humano vinculado a la

creatividad exclusivamente humana.


Esto quiere decir que el privilegio de la autoría en México es exclusivamente de los

humanos y el reconocimiento que el INDAUTOR certifica es precisamente eso, que las

obras estarán protegidas siempre y cuando sean exclusivamente con independencia

humana.


Existe resistencia en el tema por autoridades, expertos en la materia y músicos toda vez

que las obras deben estar sujetas a una protección. ¿me deja en un estado de

indefensión que el Estado Mexicano no me de las herramientas de registro?

La respuesta es No. Existen tratados internacionales que inclusive no reconocen que

estas obras sean susceptibles de registro como el: Convenio de Berna e incluso el T-

MEC.


La lectura jurídica es que si bien es cierto las obras creadas por inteligencia artificial no

son reconocidas y registradas en México, existen otros mecanismos o certificadoras

híbridas que si lo hacen. Por un módico precio, y sin hacer publicidad tus canciones

hechas con inteligencia artificial pueden ser registradas.


En conclusión, en un futuro no muy lejano estas resistencias se van a difuminar toda vez

que la IA está abrazando la vida del ser humano, incluso eso tan valioso que tenemos

todos que es la creatividad humana. Me quedo con la siguiente frase que me parece

sumamente acertada:


«La inteligencia artificial llegará hasta donde llegue la creatividad humana».